¿Pagas impuestos? Estos son los cambios más importantes para el 2019
- mkconsultoresa
- 26 mar 2019
- 3 Min. de lectura
A partir del martes 1 de enero del 2019 entran en vigencia varias normas que deberás tener en cuenta si pagas impuestos y así evitarás inconvenientes al momento de presentar tu declaración jurada y cancelar los montos requeridos.
Novedades tributarias
La semana pasada, el Gobierno subió el valor de la UIT para el 2019 en 50 soles, de S/ 4,150 a S/ 4,200. La UIT es importante porque es el valor de referencia que se utiliza en el Perú para determinar impuestos, infracciones, multas u otro aspecto tributario que las leyes del país establezcan.
Es así que con este nuevo valor, los trabajadores formales con rentas de cuarta y quinta categorías (trabajadores independientes y en planilla) que ganen menos de S/2,100 al mes o el equivalente a S/29,400 al año no tendrán que pagar ni un sol de Impuesto a la Renta el próximo año. De acuerdo con el Código Tributario peruano, están inafectos del pago del IR todos los ingresos anuales que sean menores a 7 UIT (S29,400).
Asimismo, el 2019 podrás descontar del pago de tu Impuesto a la Renta hasta 3 UIT adicionales, es decir S/12,600 por diversos gastos y servicios que hayas realizado o contratado, siempre que los sustentes a través de recibos electrónicos.
También aumentará el valor de las multas, que se calculan en función a la UIT. Por ejemplo, la falta de presentar la declaración jurada fuera del plazo ocasiona que el contribuyente tenga que pagar 1 UIT (S/4,200), en el caso de las empresas del Régimen General y de 1/2 UIT (S/2,100) para las personas sin negocios.
Más beneficios tributarios
A inicios de noviembre de este año, el Gobierno amplió la lista de servicios profesionales que los trabajadores podrán descontar como gastos en el pago de su Impuesto a la Renta del 2019. Inicialmente podías descontar el 30% de 13 servicios profesionales u oficios, y ahora todos las profesiones u oficios podrán ser deducibles.
El Ejecutivo también determinó que los trabajadores puedan deducir de sus rentas del trabajo, el 15% de la contraprestación y el IGV pagado por servicios prestados por restaurantes, bares, cantinas y hoteles.
Para hacer efectivo este beneficio, a partir de 2019, los restaurantes (incluido delivery), bares, cantinas y hoteles, hostales deberán emitir comprobante electrónico, de esta manera la Sunat podrá registrar en tiempo real ese mismo recibo y automáticamente ser considerado ese gasto para la deducción correspondiente a fin año. Para promover las mencionadas deducciones se eliminó el requisito de bancarización (pago con tarjeta de débito o crédito) para que quienes usan dinero en efectivo puedan también verse beneficiados, siempre que aquellas transacciones sean por importes menores a S/ 3,500 o US$ 1,000.
¿Qué gastos puedes descontar?
1. El 30% del arrendamiento y/o subarrendamiento de inmuebles.
2. El 100% de las aportaciones a Essalud que realices por trabajadores (as) del hogar.
3. El 15% de tus gastos realizados en bares, cantinas, hoteles, hostales y restaurantes (incluido delivery). No será necesario que los pagos sean bancarizados.
4. El 30% de los gastos por tus servicios médicos y odontológicos.
5. Los gastos profesionales de médicos y odontólogos para hijos mayores de 18 años con alguna discapacidad que estén inscritos en el Conadis.
6. Inicialmente podías descontar el 30% de 13 servicios profesionales u oficios. Sin embargo el Gobierno amplió esa lista y ahora todos las profesiones u oficios podrán ser deducibles.
Casinos y Tragamonedas
Según un Decreto Legislativo publicado en setiembre por el Gobierno, desde el 1 de enero del 2019, los casinos y máquinas tragamonedas deberán pagar elImpuesto Selectivo al Consumo (ISC). El pago será por cada mesa de casino o máquina tragamonedas y las tasas serán de acuerdo al ingreso que genere cada aparato.
a) Máquinas tragamonedas
Ingreso neto mensual
Monto fijo
Hasta 1 UIT (S/4,200)
1.5% UIT
Más de 1 UIT y hasta 3 UIT (S/12,600)

7.5% UIT
Más de 3 UIT
27% UIT
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